En el caso de jubilados que cumplen ciertos requisitos, existe la posibilidad de que la Agencia Tributaria deba reembolsarles hasta 4.000 euros, según lo establecido por una sentencia del Tribunal Supremo. Esta sentencia afecta a trabajadores de sectores como el comercial, la construcción o la metalurgia que laboraron entre enero de 1967 y diciembre de 1978.
### Los Beneficiarios de la Sentencia del Tribunal Supremo
De acuerdo con la sentencia, estos trabajadores podrían haber pagado en exceso en el IRPF durante esos 12 años. La sentencia indica que estos trabajadores, ahora en edad avanzada, deberían haber sido beneficiarios de una deducción en la base imponible del IRPF que nunca se aplicó.
### Cambio de Criterio y Ampliación del Reconocimiento
La sentencia del Tribunal Supremo ha modificado el criterio de la Agencia Tributaria, reconociendo el derecho de los pensionistas a una reducción fiscal del 100% si cotizaron en la Mutualidad Laboral de la Banca. Esta sentencia se emitió tras la admisión y reconocimiento de varias reclamaciones, y se ha extendido el reconocimiento a otras mutualidades que abarcan sectores como la construcción, astilleros y empresas eléctricas, entre otros.
### Procedimiento para Reclamar la Devolución
La mayoría de los trabajadores afectados tienen alrededor de 80 años y pueden reclamar la devolución de los últimos cuatro años de declaración, ya que los anteriores han prescrito. Se estima que la cantidad a reclamar a la Agencia Tributaria oscila entre 3.000 y 4.000 euros por persona.
Para solicitar la devolución, tanto los pensionistas afectados como sus herederos directos en caso de fallecimiento deben presentar una rectificación de la autoliquidación del IRPF de los años no prescritos o de las declaraciones de los últimos cuatro años. Se deben adjuntar documentos como el informe de vida laboral, el certificado de la empresa donde trabajó la persona afectada, el número de cuenta para recibir la devolución y los modelos 100 del IRPF de los años correspondientes.
Todas las solicitudes deben dirigirse a la Agencia Tributaria y serán evaluadas individualmente, por lo que las cantidades a devolver pueden variar según las circunstancias de cada caso. ¡No pierdas la oportunidad de reclamar lo que te corresponde si cumples con los requisitos establecidos por la sentencia del Tribunal Supremo!