Finanzas

Arranca la feria fiscal de invierno: qué impuestos se suspenden y cómo impacta

La AFIP oficializó las fechas de la Feria Fiscal Invernal 2026. Conocé qué plazos se postergan, qué obligaciones se mantienen y cómo planificar tus pagos para evitar multas.

Publicado el 12 de julio de 2026, 22:25 hs

Calendario fiscal con fechas marcadas en rojo y sello de suspensión de plazos
iProfesional — Impuestos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (AFIP) ya publicó las fechas oficiales de la Feria Fiscal de Invierno 2026. Entre el 13 y el 24 de julio inclusive, se suspenden los vencimientos de determinadas obligaciones fiscales, una medida que se repite cada año y que busca dar un respiro a contribuyentes y profesionales durante las vacaciones de invierno.

Si tenés que presentar declaraciones juradas, pagar impuestos o cumplir con retenciones, conviene que sepas exactamente qué se posterga y qué no. Porque no todo se detiene: algunas obligaciones corren igual y las multas por incumplimiento siguen vigentes si no se actúa a tiempo.

¿Qué plazos se suspenden durante la feria fiscal?

Según la resolución general publicada, durante esos diez días hábiles se interrumpen los vencimientos de:

  • Presentación y pago de declaraciones juradas de IVA, Ganancias y Bienes Personales (cuando correspondan al período).
  • Vencimientos de retenciones y percepciones (excepto las de carácter aduanero que tengan plazos específicos).
  • Pago de cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
  • Vencimientos de obligaciones de aportes y contribuciones de seguridad social para empleadores.

En la práctica, esto significa que si tu vencimiento natural cae entre el 13 y el 24 de julio, el nuevo plazo será el primer día hábil posterior al 24, es decir, el 27 de julio de 2026 (salvo feriados).

Lo que no se suspende

No todo entra en la feria. Siguen corriendo:

  • Las obligaciones de los monotributistas (pago mensual del monotributo).
  • Los vencimientos de impuestos provinciales y municipales (la feria es solo nacional).
  • Las obligaciones aduaneras vinculadas a importaciones o exportaciones con plazos perentorios.
  • Las presentaciones de información que no impliquen pago (como algunos regímenes informativos).
  • Las deudas que ya están en ejecución fiscal o con intimación judicial.

Además, los intereses resarcitorios y multas por mora no se suspenden durante la feria. Si pagás después del nuevo vencimiento, el costo financiero corre desde la fecha original.

Consejos prácticos para esta fecha

Pongamos números: si tenés que pagar $2 millones de IVA cuyo vencimiento original es el 15 de julio, podrás hacerlo hasta el 27 sin recargo. Pero si ese pago viene con retenciones de IIBB provinciales, chequeá la fecha provincial porque esa sí corre.

Lo más útil es revisar tu calendario fiscal con anticipación. Muchos contadores recomiendan adelantar las presentaciones que se puedan antes del 10 de julio para evitar la saturación de los sistemas de AFIP, que suele colapsar los últimos días antes de la feria y en los primeros después.

Si estás adherido a débito automático o tenés planes de pago, confirmá que las cuotas que vencen en ese rango efectivamente se postergan. En años anteriores, algunos sistemas bancarios no actualizaron automáticamente los vencimientos y generaron rechazos innecesarios.

¿Por qué existe esta feria fiscal?

La medida existe desde hace más de una década y busca aliviar la carga administrativa en un mes donde muchas pymes y profesionales cierran por vacaciones. No es un perdón de impuestos, es una postergación de plazos. El objetivo es evitar que el contribuyente tenga que elegir entre irse de vacaciones o quedarse cumpliendo con AFIP.

Sin embargo, para el inversor o empresario que piensa en cash flow, estos diez días representan un pequeño diferimiento de egresos. Si tenés liquidez ajustada, podés usar esos días para mejorar tu posición, siempre que no te confíes y termines pagando con recargo después.

Conviene separar dos cosas: la feria te da aire, pero no soluciona problemas de fondo. Si venís arrastrando saldos impagos o presentaciones atrasadas, este no es un “reset”. Es solo un corrimiento de agenda.

En resumen, anotá en tu calendario: del 13 al 24 de julio los plazos se detienen (en lo que corresponde), pero el 27 todo vuelve a correr. Prepará tu información con tiempo, verificá qué obligaciones te tocan y evitá dejar todo para el último día hábil posterior. Esa es la mejor forma de aprovechar la feria fiscal de invierno sin pagar el costo de la improvisación.

← Volver al blog