ARCA: prórroga oficial para Ganancias, Bienes Personales y Cedular, nuevas fechas de vencimiento
La AFIP extendió los plazos para la presentación y pago de las declaraciones juradas anuales de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular. Conocé las nuevas fechas y qué implica para contribuyentes y empresas.
La AFIP oficializó la prórroga para la presentación y el pago de las declaraciones juradas anuales de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular, una medida esperada por contribuyentes y profesionales que alivia la agenda fiscal de fin de año.
Según la resolución general publicada, los nuevos vencimientos se escalonan según el último dígito del CUIT. Para el Impuesto a las Ganancias de personas humanas y sucesiones indivisas, la presentación y el pago se extienden hasta el 13 de junio para los CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3; el 14 de junio para los terminados en 4, 5 y 6; y el 17 de junio para los finalizados en 7, 8 y 9. En el caso de Bienes Personales, los plazos se alinean de manera similar, con vencimientos entre el 13 y el 17 de junio según el dígito verificador.
El Impuesto Cedular sobre rentas de capital también recibe alivio: su vencimiento se corre a las mismas fechas que Ganancias para personas humanas. Esto evita superposiciones con otras obligaciones y da más tiempo para recopilar documentación, especialmente en un contexto donde muchos contribuyentes aún esperan datos de terceros o liquidaciones bancarias.
La decisión de la AFIP responde a pedidos reiterados de consejos profesionales y cámaras empresarias, que advirtieron sobre la complejidad de las normas que rigen estos impuestos tras las modificaciones introducidas por la Ley de Bases y el decreto de desregulación. En un año marcado por alta inflación y cambios normativos frecuentes, contar con 15 días adicionales reduce errores y multas.
Desde el punto de vista del inversor, esta prórroga es especialmente relevante para quienes tienen activos en el exterior o inversiones financieras sujetas a Bienes Personales y Cedular. Recordemos que el mínimo no imponible de Bienes Personales se mantiene en $100 millones para el período 2023, aunque con actualizaciones por inflación que muchos aún están calculando.
¿Quiénes deben presentar? Todas las personas humanas y sucesiones indivisas que superen los umbrales establecidos, así como aquellos que opten por deducciones o que tengan retenciones a cuenta. Las sociedades y empresas ya tuvieron sus propios vencimientos, pero muchos profesionales que asesoran a ambos tipos de contribuyentes agradecen el corrimiento unificado.
La AFIP recordó que el pago puede realizarse en cuotas con las facilidades de pago vigentes, aunque con tasas de interés que, si bien bajaron, siguen siendo relevantes en un contexto de tasas reales positivas. Recomienda verificar el estado de deudas en el portal del organismo antes de presentar para evitar sorpresas.
Esta medida se enmarca en una tendencia más amplia de la administración tributaria de ajustar calendarios ante la realidad económica. En años anteriores, prórrogas similares se dieron por razones similares, aunque nunca es automático. Quienes operan con ARCA —el nuevo sistema de presentación— deben asegurarse de tener actualizado el software y los certificados digitales, ya que el 80% de las presentaciones ya se hacen por esta vía.
Para el lector argentino que invierte en CEDEARs, bonos o dólares MEP, estos impuestos inciden directamente en la rentabilidad neta. Una correcta planificación puede marcar la diferencia entre pagar lo justo o enfrentar ajustes posteriores con recargos.
En síntesis, la prórroga da aire, pero no elimina la obligación. Conviene empezar a armar las declaraciones cuanto antes, especialmente si se espera saldo a pagar o se tienen bienes en el exterior que requieren valuación a tipo de cambio oficial al 31 de diciembre.